Bs As: Desplazados por titulares, podrían ser suplentes

El 28/02 de febrero, muchos docentes provisionales, serán desplazados por docentes titulares que solicitaron MAD (Traslado), pero si dichos docentes, no hacen toma de posesión, el provisional NO PIERDE EL CARGO, sino que cambia su situación de revista, y pasa a ser suplente. Este criterio, se aplica a otras situaciones, no sólo al MAD.

Puede darse el caso de que un profesor titular tenga esos módulos relevados por cumplir un cargo jerárquico, o que los tenga con licencia sin goce de sueldo, por mayor jerarquía. Por más que no esté ejerciendo esos módulos, tiene el derecho a solicitar traslado. Cuando el 28/02 deba hacer toma de posesión, la misma no es EFECTIVA, toda vez que no los está cumpliendo, es decir, trabajando. En éste caso, ¿qué sucede con el provisional desplazado?

El cargo provisional, será ocupado por un docente titular, eso es indiscutible. Como no hará toma de posesión efectiva – real, ya que en el ejemplo, tiene esos módulos relevados o licenciados por mayor jerarquía, el docente provisional desplazado, pasa automáticamente a ser suplente, por lo que no pierde el cargo, sino que insisto, cambia su situación de revista de provsional a suplente. Por lo tanto, esa suplencia, NO SE CUBRE POR ACTO PÚBLICO, sino que continúa en la función el provisional desplazado, pero ahora como suplente. Lo mismo podría ocurrir, que una docente titular, al momento de hacer la toma de posesión del MAD, esté con licencia por maternidad; el provisional, pasa a ser suplente, en forma automática.

Lo mismo sucedería para el caso de que algún docente solicite licencia el propio 28/02, sin hacer toma de posesión efectiva del cargo. El provisional es desplazado, y pasa a ser suplente. Sólo cambia su situación de revista.

Otro ejemplo similiar, puede darse en el caso de que un docente (titular) con Cambio Transitorio de Funciones (ex tareas pasivas), quedara en disponibilidad y fuera reubicado transitoria o definitivamente en un cargo vacante cubierto por un provisional. Este docente provisional, NO PIERDE EL CARGO, toda vez que el titular, al estar con Cambio de Funciones (ex Tareas Pasivas), nunca podrá hacer efectiva la toma de posesión. Por esto es que el provisional NO PIERDE EL CARGO, sino que cambia su situación de revista de provisional a suplente, y por lo tanto, esa suplencia no se cubre por acto público.

Estos son sólo ejemplos. De estos ejemplos, podría establecerse el siguiente criterio de aplicación general:

Siempre que un docente provisional sea desplazado por un titular, y que éste no haga efectiva la toma de posesión, por cualquier causa, el provisional NO CESA, sino que cambia de situación de revista, y pasa automáticamente a ser suplente, por lo tanto esa suplencia no se cubre por acto público. El provisional tiene continuidad laboral, lo único que cambia es su situación de revista.

Esto del cambio de situación de revista, NO SE APLICARÍA, si el docente titular al que se le otorga el traslado, se hace presente y cumple el cargo un día. En este caso, el provisional es desplazado. Si ese titular al día siguiente solicita licencia, esa suplencia debe cubrirse por acto público. Para que pasar de provisional a suplente, debe haber continuidad en el desempeño.

Fuente normativa: Art. 112 y su reglamentación del Estatuto del Docente, al cual, me remito.

Fernando Carlos Ibañez – http://www.fernandocarlos.com.ar

Tanto los comentarios como las referencias están actualmente cerrados.

Comentarios

  • Luis  El 19/02/2011 a las 17:26

    Estaria buenisimo saber en que normativa nos apoyamos para lo que vos decis. No pongo en duda que asi sea, pero si podemos saber la normativa de aplicación es mucho mas convincente al momento de tener que resolver estos casos..
    Gracias FC por el asesoramiento, en mi caso ya aplique lo del art. 110 que colgaste la semana pasada.

    Me gusta

  • sandra  El 19/02/2011 a las 17:53

    yo soy provisional en 2 modulos de secundaria, pero para mi esto es nuevo y no lo entendi muy bien…que se entiende por no tomar posesion del cargo? Gracias por la info

    Me gusta

  • gorditoman  El 19/02/2011 a las 17:57

    Me comentaron que en los modulos de scb se podria hacer el destino definitivo en otra escuela a eleccion. Le comento esto Fc ya que estoy preocupado , muchas gracias

    Me gusta

  • fc  El 19/02/2011 a las 18:07

    Es igual que cuando comprás una casa, la toma de posesión es cuando entrás, caminás por adentro, etc. eso es toma de posesión real y efectiva. Con el mismo ejemplo, simblólica, es cuando te entregan las llaves de la casa.
    Para los cargos, la toma de posesión real y efectiva es cuando el docente se quedó cumpliendo toda la jornada, al menos un día, así sea tomando mate. De lo contrario, si está con licencia, la toma de posesión no es real ni efectiva, por eso el provisional, continúa trabajando, pero cambia su carácter de prestación de servicio. De provisional, pasa a suplente.

    Me gusta

  • fc  El 19/02/2011 a las 18:08

    Esto es otro tema, que tiene nota específica. Dejá tu comentario allí.

    Me gusta

  • fc  El 19/02/2011 a las 18:28

    Luis, estaría buenísimo que todos los docentes leyéramos el Estatuto del Docente. Por ejemplo, el art. 112 y su reglamentación, en el punto II. Tu observación es muy buena, porque podría haber puesta de dónde saco tal criterio, observación que me hace ampliar la redacción de la nota.
    Tené en cuenta que cuando es una opinión mía, siempre lo aclaro, y también agrego, la opinión contraria, si tengo conocimiento de ello.

    Me gusta

  • maria  El 19/02/2011 a las 18:45

    Hola Fernando a mi en el 2006 me paso esta situacion ni el sindicato ni la inspectora ni jefatura me dio solucion tengo las notas y el acta, trabaje y no me pagaron porq no me avisaron del MAD y luego no me permitieron dar clases llevaron las horas a acto publico todo un desastre SIEMPRE ME NEGARON REGLAMENTACION DEL ESTATUTO A MI ME PARECIA QUE NO PODIA SER ASI si voy con una nota ampliatoria con esta informacion te parece que podre tenener resarcimineto aunque sea moral yo en esa esc no volvi a tomar horas por dignidad TE AGRADEZCO F.C. POR BRINDARNOS ESTA INFORMACION saludos cordiales MARIA SIBOURD

    Me gusta

  • marcela  El 19/02/2011 a las 19:04

    en mi escuela habia dos cargos provisionales de bibliotecaria. la que llega por mad, que tomo sin turno, va a la escuela y desea trabajar a la mañana (al cargo que yo ocupo actualmente). siendo que no soy la prov. de menos puntaje, he sido desplazada xq a la tarde tengo mi cargo titular y no pueden hacerme cambio de turno. qué debo hacer? es eso legal?

    Me gusta

  • marina  El 19/02/2011 a las 19:05

    yo estuve la ultima parte del año 2010 con licencia por trastorno de embarzazo hasta el 26-12, el 14-02 me reintegre a mi cargo, pero el 27 lo voy a renunciar por haber titularizado otro cargo, en este caso mi suplente que estuvo hasta el 26 de dicembre tiene continuidad?
    gracias por la info!
    saludos! Marina

    Me gusta

  • natalia  El 19/02/2011 a las 19:10

    mi cargo sale como opción para destino definitivo que sucede si nadie lo elige? pasaría al listado para titular interino?

    Me gusta

  • fc  El 19/02/2011 a las 19:17

    Tu pregunta, está respondida en el blog, buscá la nota que habla de la continuidad de los suplentes.

    Me gusta

  • fc  El 19/02/2011 a las 19:21

    Como el reclamo lo hiciste en tiempo y forma, tenés que solicitar pronto despacho. Acá tenés los fundamentos. Si no te contestaron aún, es porque evidentemente tenés razón. Como no te pueden denegar tu reclamo, entonces lo que hacen es «cajonear» el reclamo. Es una mala costumbre que tienen en la DGCyE para cubrir a todos los ineptos que te dejaron sin trabajo.

    Me gusta

  • Isabel  El 19/02/2011 a las 19:26

    Quisiera saber: ¿en el caso de que un docente titular tenga Cambio de Funciones Definitivas (ex tareas pasivas), el cargo que el ocupaba queda como un cargo vacante en el establecimiento? de ser así, ¿lo puede ocupar un titular que solicitó MAD?.

    Me gusta

  • Alejandro  El 19/02/2011 a las 19:33

    Quisiera saber que trámite hay que hacer para renunciar modulos TITULARES en secundaria superior, Gracias

    Me gusta

  • marta susana  El 19/02/2011 a las 20:48

    hola. quisiera saber los pasos a seguir luego de reiterados reclamos por trámite de salario familiar que nunca logro cobrar hace 17 meses. El gestor no lo soluciona, el consejo tampoco, la última carpeta fue presentada COMPLETA, pero como en liquidaciones en LA PLATA tardaron dos meses en revisarla, no le dan curso pues reclaman que actualice la descarga del cuil en anses por parte de mi esposo(de esos dos meses) y esto estaba al día al momento de presentar la carpeta por última vez,ya no sé como hacer, gracias por su atención. Espero su respuesta.

    Me gusta

  • Angelica  El 19/02/2011 a las 20:50

    soy suplente de una docente titular a la que le otorgaron cambio de funciones definitivas desde hace dos años.Actualmente ella quiere trasladarse a otro colegio :yo pierdo ese cargo?Gracias

    Me gusta

  • virginia  El 19/02/2011 a las 21:43

    una suplente le otorgaron licencia por ART hasta dic de 2.010 y se reintegro cuando ya no iban alumnos ahora vuelve a pedir lic por ART antes que empiecen los chicos por continuidad le corresponde volver al cargo a la maestra que le hizo la suplencia anterior ¿verdad?

    Me gusta

  • marcela  El 19/02/2011 a las 23:29

    espero una respuesta fc

    Me gusta

  • graciela  El 20/02/2011 a las 07:45

    Me designaron titular interina 2011. Voy a sacar licencia por art 115 c2, orden tecnico,tengo q hacer efectiva la toma de posesion, es decir estar frente a alumnos para no perder el cargo? O puedo tomar posesion y llevar la licencia el mismo dia? Muchas gracias

    Me gusta

  • kellyatia@hotmail.com  El 20/02/2011 a las 13:07

    Hola Isabel ,te respondo yo porque estuve en esa situacion desde el año 1998 hasta el 2005 que me jubile,estuve con cambio de funciones por problemas de salud y mi cargo no estaba vacante,yo pase como ayud de secretaria y en mi grado nombraron una suplente,que mientras durara mis cambios de funciones la suplente continuaba en mi cargo en el cual estaba yo con licencia porque me dieron otras funciones,asi que si en mi cargo de base estoy con licencia mal pueden nombrar una docente titular,siempre debe ser una suplente.SI PARA ALGO TE SIRVE MI APORTE ME ALEGRA,SALUDOS

    Me gusta

  • Gladys Raquel Lara  El 20/02/2011 a las 19:13

    me parece muy bueno, una compañera me paso el dato quisiera preguntarte si el docente prov, pasa a suplente, cuando se le hace la toma de posesion a la titular, cuando vuelve y si no vuelve enseguida, queda sin tomas real

    Me gusta

  • Gladys Raquel Lara  El 20/02/2011 a las 19:26

    que pones en tipo si el docente se va por mad y si cesa mj en tipo

    Me gusta

  • Alejandra  El 20/02/2011 a las 19:49

    Hola, una amiga titularizo en forma interina un cargo en el turno tarde, en la escuela le ofrecieron pasar ese cargo a la mañana, a ella le convendria ese pasaje. ¿se puede?
    en la designacion figura como interina del turno tarde.

    Me gusta

  • susana  El 20/02/2011 a las 21:31

    hola una pregunta yo soy preovisional en unas horas de secundaria superior, y queria saber si todas las horas van a ser ofrecidad pra el mad o no, como se si soy desplazada. gracias

    Me gusta

  • Lidia  El 20/02/2011 a las 23:24

    soy preceptora provicional hace 11 años , he sido desplazada por una persona con destino definitivo , pero a su vez renuncia una compañera preceptora y deja su cargo suplente el pròximo 25.
    La directora dice que existe un formulario PZ que para tener yo continuidad en la escuela , a traves de un acta puede modificar mi situacion de revista y que continue en la escuela pero con ese cambio de situacion de revista.
    Necesito con urgencia me informe si es posible. gracias

    Me gusta

  • fc  El 21/02/2011 a las 00:03

    La verdad, no tengo conocimiento del formulario PZ, y menos aún que pases a ser suplente. Para mí eso no se puede hacer, pero no te quedes con mi palabra, primero porque uno no sabe todo, y segundo, está en juego tu trabajo. Ojalá esté equivocado y lo puedas hacer.

    Me gusta

  • fc  El 21/02/2011 a las 00:18

    Te avisan en la escuela, porque la SAD deja en el casillero de la escuela, que en tales horas fue desginado tal docente. Espero que no te desplacen. De suceder el desplazamiento, te deben notficar por acta y allí exponer los motivos. Suerte.

    Me gusta

  • fc  El 21/02/2011 a las 00:26

    si no desplaza a nadie no va a haber problema, además los turnos si no hay inconveniente con el trabajador, los puede fijar el director. De todos modos te cuento que no debería cambiarse el horario que se publicó en el acto público, porque muchos aspirantes no lo tomaron, porque estaba en ese turno, y ahora el director lo cambia. Esto puede traer problemas, con lo que no lo tomaron por el horario. Hay Secretarías de Asuntos Docentes, que a esto no lo avalan.

    Me gusta

  • fc  El 21/02/2011 a las 00:31

    si no se presenta es otra cosa, ahí nadie fue desplazado.

    Me gusta

  • dangita  El 21/02/2011 a las 02:02

    hola fernando. mi amiga.prenombro un cargo de mg, y por orden de mérito(puntaje)la ubicaron en un cargo, la de puntaje mas bajo le quedo 1 cargo que se le superpone con su cargo titular..la pregunta es..¿ pueden hacerla cambiar de turno?, ¿la pueden obligar a trabajar de mañana si nunca trabajo de mañana por tener un hijo menor a cargo, y otra cuestión personal y familiar?’..¿debe adjuntar junto a la declaración jurada una nota donde fundamente sus razones por lo cual solo trabaja de tarde y en vespertino, pero no de mañana?..si bien mi amiga soluciono esto con sus directivos,esta duda se me genero,ya que ella me lo consulto, y yo lo desconocía..y ala vez me parecía injusto dado que cada agente elige, de acuerdo a su púntaje ,que siempre estamos pagando cursos para poder llegar a esto «poder elegir», y además buscar un lugar cercano por razones x,.. no consideraba yo, (como ella), justo, ya que cuando tomas el cargo sale sin turno, te dicen que sos personal de le escuela y no te dan horarios, y son riesgos que corres, mas si tenes el cargo titular en horario deferente al que te puede tocar..si bien es la directora la que no debe generar la carga horaria..me pregunto de que sirve sacrificarte y sumar, puntos.si después prevalece el derecho del otro, porque tiene un cargo titular y nadie le puede quitar el derecho de tener 2 cargos, pero uno también tiene derecho sea por la razón que sea de no trabajar en un horario que sea..gracias.espero tu respuesta..

    Me gusta

  • Natalia  El 22/02/2011 a las 23:05

    Hola a mi me desplazaron era provisonal deun cargo dePR, cesaba el 28 d efebrero d e2010, pero en un acto público antes de esa fecha, me desplazan, había dos cargos por titularizar, y eligieron el mio, yo fui desplazada y cesé el 28 d efebrero, me siguieron pagando hasta el 5 d enoviembre d e23010 porque estaba embarazada y teminaba con la maternidad, pero eso que dice: Desplazados por titulares, podrían ser suplentes ¿es mi caso?, me parece que no.Gracias.

    Me gusta

  • maru  El 23/02/2011 a las 19:05

    Estando con licencia por 114 o1 causas particulares,me puedo presentar a rendir concurso de titular de secreterios ? y en el caso de rendir bien …como seria le toma de posecion?deberia levantar esa lic con un tiempo anterior establecido? y si la lic fuese por enfermedad? Gracias

    Me gusta

  • titi  El 23/02/2011 a las 19:19

    qué pasa cuando en la escuela hay 8 docentes provisionales?? quién se queda con el cargo de suplente? es por orden de mérito 2010? o 2011? Gracias!

    Me gusta

Trackbacks