Secundarios y Terciarios NO se legalizan si fueron emitidos a partir de 2010. Es suficiente la legalización de la provincia que lo expide.
Títulos Universitarios NO se legalizan si fueron emitidos a partir de 2012.
Cualquier título emitido con anterioridad, debe legalizarse solicitando turno en la web de Ministerio del Interior.
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Comentarios
Estimado: Me dirijo a usted con el fin de preguntarle sobre mi situación al jubilarme.
* Yo accedí a mi jubilación en el año 2009 por los dos turnos que cuentan en mi C15. Pero para mi sorpresa la jubilación salió solo por un turno de mayor antigüedad . Desde ese momento hice todo lo posible para averiguar el por qué de mi situación y muchos fueron los lugares a los que fui y demasiados argumentos recibí.por ej: * Que no tenia la antigüedad necesaria en el segundo turno. * Que no había renunciado en tiempo y forma * Que mi cambio de nomenclatura ante el DIPREGEP me había perjudicado En fin estas y otras excusas más ,ninguna con fundamento cierto y lo que me llevó a bajar los brazos.Pero hoy al ver sus notificaciones que diariamente me llegan se me ocurrió a escribirle. Quizás sirva de algo o quizás no pero uno la esperanza nunca la pierde al jubilarse. Desde ya muchas gracias por haber leído mi mensaje y quedo a la espera de su respuesta sin compromiso Mirta Susana Cosentino DNI 10520918 Enviado desde Correo para Windows 10
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